miércoles, 11 de agosto de 2010

No habra referendum sobre matrimonio homosexual en Costa Rica dictaminó Corte Suprema

El País- 11 de agosto de 2010

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Costa Rica dijo NO al referéndum sobre el proyecto de Ley de Uniones entre personas del mismo sexo, promocionado por católicos fundamentalistas y asociaciones evangélicas, entre otras.

Por mayoría de cinco votos, la Sala Constitucional acogió los amparos acumulados contra la decisión del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), de recoger firmas para organizar un referéndum sobre el Proyecto de Ley de unión civil entre personas del mismo sexo.

Diversas organizaciones defensoras de los Derechos Humanos, diputados y civiles presentaron varios recursos de amparo, que fueron resueltos por medio de la sentencia 2010-13313 de las 16:31 hrs. del 10 de agosto de los corrientes.

Un informe de la Sala IV dio cuenta que seis magistrados estimaron que se trata de materia legislativa y no electoral -aquí se unió a la mayoría el Magistrado Castillo que declaró sin lugar el recurso-, por cuanto, se trata del ejercicio material de tal función por el pueblo.

Agregó que "al TSE lo que se le encomendó fue, únicamente, la organización, dirección y fiscalización del proceso, circunstancia que la mayoría de 6 Magistrados (as) estimaron que no la convierte en una materia electoral. En este punto salvó el voto el Magistrado Armijo quién estimó que es material electoral".

En cuanto al fondo, la mayoría consideró que los derechos de las minorías que surgen de reivindicaciones contra-mayoritarias no pueden ser sometidos a un proceso de referéndum donde se imponen las mayorías.

Se estimó que, además de los límites explícitos del artículo 105, párrafo 3°, de la Constitución, al referéndum por razón de la materia, ese mismo artículo en su párrafo 1°, establece una limitación general a cualquier función legislativa -incluso la que ejerce el Pueblo por vía de referéndum- que son los derechos humanos y fundamentales contenidos en los tratados y convenios del Derecho InternacionalPúblico.

De acuerdo con la información, la Sala estimó que las personas que tienen relaciones con una del mismo sexo son un grupo en desventaja y objeto de discriminación que precisa del apoyo de los poderes públicos para el reconocimiento de sus derechos constitucionales o infraconstitucionales.

"En resumen, estimó que someter al dictamen de una mayoría derechos de una minoría profundiza y agrava las discriminaciones en su contra",precisó la resolución.

"La Magistrada (Virginia) Calzada comparte la parte dispositiva pero dio razones diferentes", resaltó el boletín de prensa del Poder Judicial.

Por otro lado, "en la parte dispositiva se anuló la resolución del TSE que autorizó recolectar firmas para llevar a cabo el referéndum y se le ordenó, a través de su presidente, que se abstenga de incurrir, a futuro, en tales conductas".

"El Magistrado Cruz consigna nota. El Magistrado Castillo salva el voto y declara sin lugar el recurso en todos sus extremos. El Magistrado Armijo salva el voto y declara sin lugar el recurso, en virtud que el Tribunal Supremo de Elecciones es el único competentepara pronunciarse sobre materia electoral", concluyó la información oficial.

Por otro lado, la resolución fue celebrada por organizaciones políticas, sociales y de Derechos Humanos.

"Esta decisión nos regresa la esperanza de que llegará el día en queen Costa Rica se respete y reconozca el ejercicio pleno de los derechos humanos y de los grupos minoritarios", declaró la diputada de Acción Ciudadana (PAC), Carmen Muñoz.

"Es una fecha que deben celebrar todas las minorías de este país, no solo por las personas no heterosexuales, sino por todos los grupos que defienden y reclaman el reconocimiento de sus derechos, incluso en contra de la opinión de la mayoría de la población", agregó Muñoz.

Así reaccionó la diputada ante la confirmación del rechazo, por parte de la Sala Constitucional, del referéndum sobre las uniones civiles entre personas del mismo sexo, conocido como "Referéndum del Odio".

"Desde el primer día en que se sugirió la posibilidad de celebrar ese referéndum, nuestra fracción lo rechazó absolutamente. Para nosotros no es posible disponer de los derechos de minorías por medio de un referéndum. Eso lo reiteramos ante el TSE y luego ante la Sala IV. Por eso, hoy celebramos que la Sala Constitucional se pusiera del lado de quienes hemos defendido esa posición", concluyó la diputada Muñoz.

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